Bio seguridad

Durante la Sesión de Concejo virtual se aprobó por unanimidad y en segundo debate la ordenanza que contiene las disposiciones de bioseguridad temporales para evitar la propagación del nuevo coronavirus en el cantón. La ordenanza tiene como finalidad estandarizar las disposiciones administrativas y de seguridad sanitaria temporales para evitar la propagación de la pandemia, disponiendo las medidas de bioseguridad y sancionando su incumplimiento.

El documento cuenta con cinco capítulos: del objetivo, ámbito y ciudadanía; comercialización de productos; unidades de transporte comercial y particular; control de expendio de medicamentos e insumos médicos en la vía pública y prevención y restricción de la movilidad.

Esto quiere decir que la ordenanza rige para controlar la movilidad de las personas; logística de abastecimiento en locales comerciales; ventas a domicilio de productos y uso de mascarillas para los habitantes del cantón, residentes o transeúntes, así como para todas las instituciones públicas y privadas con domicilio dentro de la circunscripción cantonal.

Además, se estableció que todas las entidades financieras que por contar con la autorización de uso de suelo emitida por el GAD Municipal, desarrollen sus actividades en el cantón, están obligadas a cumplir con estas medidas de bioseguridad y son responsables de las personas que ingresan a estas instituciones, como de las que hacen filas para acceder a sus servicios.

Sin embargo, cada ciudadano que decida salir de su hogar sin las medidas de bioseguridad mientras dure la emergencia, ostenta deber de cuidado sobre sí y sobre la comunidad otavaleña.

Según el Régimen Sancionatorio Administrativo del capítulo I, establece infracciones leves.

Es decir, los ciudadanos que incumplan con las medidas dispuestas en los artículos 3 y 4 sobre el uso de equipos de bioseguridad y mantener el distanciamiento en las filas, serán sancionados con un monto equivalente 10 % de un salario básico unificado. Asimismo, los propietarios o arrendatarios que incumplan con las medidas dispuestas en los artículos 5, 6 y 8 sobre el uso de mascarillas, elementos de protección facial y uso de productos de desinfección serán sancionados con el 20 % del salario básico unificado.


Fuente: «Uso de mascarilla e insumos de bioseguridad en Otavalo es obligatorio». Diario EL NORTE, 14 de abril de 2020. elnorte.ec. Web. 15 de abril de 2020.